noviembre 15, 2024

SE GARANTIZA EL ACCESO A UNA VIVIENDA DIGNA Y NO COSTOSA A LAS Y LOS TRABAJADORES Y A LOS JÓVENES: DIP. CARLOS ARREOLA

Para garantizar el acceso a una vivienda digna y no costosa, el Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad, la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma a la fracción XII de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vivienda para las personas trabajadoras.

Como parte del Constituyente Permanente, las y los integrantes de la LXIV Legislatura, aprobaron el dictamen emitido por la Comisión de Puntos Constitucionales y destacaron en tribuna los beneficios y el carácter humanista de esta reforma constitucional.

El presidente de la comisión legislativa, diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, destacó que se reconoce a las trabajadoras y a los trabajadores el derecho en la Constitución a una vivienda digna, al crearse un fondo para otorgar este beneficio a quienes no tienen oportunidad de adquirirla.

El objetivo es construir más de un millón de viviendas en el país para recuperar la vocación social del gobierno, que solamente contrataba o subcontrataba empresas para ese fin, lo cual seguirá, pero ahora con prioridad al ámbito social, al beneficio de las mayorías sin lucro.

“La inversión pública se va a orientar a que la creación de la vivienda social pueda tener precios asequibles, acceso a créditos que sean buenos para la gente y acceso incluso a un programa de arrendamiento que no cueste más del 30% del salario, se acredita y después de unos años, se pueda comprar esa vivienda que se estuvo rentando”.

El diputado Arreola Mallol explicó que “lo que estuviste pagando no se va al vacío, es un abono que podría complementarse con un crédito, sobre todo para personas jóvenes; 500 mil van a ser para el Infonavit y 500 mil para personas no afiliadas y que no tienen derecho a bienes en esa institución”.

“La reforma constitucional lo que pretende es reconocer más derechos para la vivienda de las personas trabajadoras, dirigir presupuesto hacia allá y crearle un marco normativo a esta forma de arrendamiento público, digámoslo así, con opción a compra para las personas trabajadoras”.

Aclaró que “no se le va a quitar la casa a nadie, no se le quita casas al que tenga dos para dársela a otro, al contrario, se respeta totalmente la propiedad privada y lo que queremos es que más gente pueda acceder a tener una propiedad, un patrimonio”.

En principio, la reforma constitucional en materia de vivienda creará opciones accesibles para que personas trabajadoras materialicen su derecho en la materia; con el objetivo de erradicar cualquier dejo de discriminación por sexo, género social o identidad de género en particular, y con el objeto de no perpetuar estereotipos de género, la reforma propone un lenguaje inclusivo. Esto es, cambia la expresión “los trabajadores”, por la “personas trabajadoras” y “personas empleadoras”.

La reforma prevé las bases para que las personas trabajadoras accedan al arrendamiento social de vivienda construida por el INFONAVIT, y su futura adquisición; asimismo, se establece el derecho de las personas trabajadoras para que puedan acceder a las viviendas en arrendamiento social, así como al derecho de adquirirlas en propiedad.

La mensualidad del arrendamiento social no podrá exceder del treinta por ciento del salario de las personas trabajadoras; en cualquier caso, se dará preferencia de acceso a la vivienda en arrendamiento social a las personas trabajadoras que hayan aportado continuamente al fondo y no cuenten con vivienda propia. La ley preverá mecanismos para evitar discrecionalidad o injerencias arbitrarias que limiten el acceso a este derecho.

La reforma constitucional permitirá crear opciones accesibles para que las personas trabajadoras materialicen el derecho a una vivienda con características adecuadas y promotoras de su bienestar. Asimismo, posibilitará una adecuada gestión de viviendas abandonadas las cuales, al ser recuperadas, podrán otorgarse en arrendamiento.

Dentro de los transitorios segundo y tercero de la Minuta, respectivamente, se dispone que el Congreso de la Unión tendrá un plazo de ciento ochenta días naturales para realizar las adecuaciones que resulten necesarias a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Asimismo, y con el objeto de reivindicar la orientación social del Instituto, en un periodo no mayor a ciento ochenta días naturales, se deberá implementar un programa de eficiencia operativa que permita hacer una reducción de costos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.