noviembre 15, 2024

impulsa una iniciativa para reformar el código civil del estado: el objetivo de establecer las obligaciones de los arrendatarios.

La diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón presentó una iniciativa para adicionar las fracciones, IV, y V al artículo 2254; y reformar la fracción VI al artículo 2319 del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer las obligaciones de los arrendatarios.

Con esta reforma, se busca establecer la obligación por parte del arrendatario, de proporcionar al arrendador, al momento de celebrar el contrato, copia de identificación oficial y comprobante de domicilio, así como los del fiador u obligado solidario, y representante legal en su caso.

También se establece la obligación legal de realizar en tiempo y forma el pago de los servicios públicos y privados, así como de las obligaciones accesorias que el arrendatario haya contraído, vinculantes de la cosa arrendada.

Esto con el fin de garantizar los pagos al arrendatario, sobre la cosa arrendada, y principalmente en el caso de los servicios que se generan en un inmueble, por lo que es común que en muchas ocasiones, ambas partes entre en conflicto al incumplir el arrendador con el pago de los mismos y tener que ser el propietario quien termine pagando por ellos.

Es por ello importante establecer las condiciones para la elaboración del contrato, así como del pago de las obligaciones accesorias, como es el caso de servicios, por parte del arrendador y, en caso de ser requerido, pueda el arrendatario terminar o suspender un servicio público o privado, según corresponda, y así proteger de las consecuencias que surjan del adeudo.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.